33.- El Iyawó debe procurar no sostener relaciones sexuales hasta pasado dieciséis días de concluida su consagración en la medida de sus posibilidades, y debe abstenerse de por vida de relaciones promiscuas.
34.- Los ahijados de un mismo padrino o madrina y Oyugbona no pueden elegir dentro de su misma familia religiosa con quién sostener relaciones sexuales, pues son hermanos y hermanas.
